SANCIONES POR ALTA DE AUTÓNOMO FUERA DE PLAZO por Vera Asesores


Publicado el 6 junio, 2018 a las 7:48 am



No realizar el alta de autónomo en Seguridad Social correctamente puede tener sanción entre 3126 y 10000 euros. La Inspección realizara revisiones a todos los inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y podrá imponer sanciones por no hacer el alta previa de autónomos. Para realizar el alta como autónomo es necesario:

1º Dar el alta previa como autónomo en Seguridad Social: comunicando el alta en Seguridad Social al menos 1 día antes de la fecha de inicio de actividad. Si no se hace así se puede perder la tarifa plana y pueden venir sanciones. Este trámite necesitarás certificado digital y tendrás que comunicar el código de CNAE, base de cotización, mutua de accidentes y número de cuenta bancaria.
2º Hacer el registro en Hacienda: indicando la fecha de alta en Seguridad Social, a través del modelo 037 de la sede electrónica de AEAT. En este modelo indicarás tus datos fiscales, tu epígrafe del Impuesto de Actividades, dirección de la actividad, fecha de comienzo de la actividad, Régimen de IVA y Régimen de IRPF.
Estos trámites se pueden realizar el mismo día, siempre y cuando se respete que entre la fecha de realización de los trámites y la fecha de inicio de actividad indicada haya al menos 1 día de diferencia y se hagan con anterioridad. Además, debes recordar que tienes que cumplir más obligaciones con otros organismos como la licencia de apertura, comunicar la apertura a la Consejería de Empleo de tu Comunidad, etc.