NORMATIVA IMPORTANTE QUE AFECTA A LAS EMPRESAS Y ENTRA EN VIGOR EN 2018 por Vera Asesores


Publicado el 26 diciembre, 2017 a las 8:36 am



El Gobierno ha aprobado el plan anual normativo de 2018. Resumimos lo más importante de la normativa que afecta a las empresas:

  • Ley de autónomos:
    Las medidas de La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que entrarán en vigor en 2018 son:
    • Ampliación de la tarifa plana de 50 euros para los nuevos autónomos: se extiende de 6 a 12 meses. Y si has sido autónomo se reduce hasta los 2 años o 3 años en el caso de que ya hubiesen aplicado la tarifa plana. Pasados los primeros 12 meses, se bonifica el 50% de la cuota en los 6 meses siguientes y un 30% durante los últimos 6 meses.
    • Reducción del recargo por ingresos fuera de plazo: se reduce al 10% de la deuda si se abonan las cuotas dentro del mes natural siguiente.
    • Deducción por gastos de suministro: cuando desarrolle su actividad en su domicilio habitual podrá deducir los gastos de suministro como luz, agua, etc. Se tendrá en cuenta la proporción del espacio destinado a trabajar, respecto al resto de la vivienda.
    • Deducción por gastos de manutención: con un límite diario de 26,67 € (ampliar a 48,08 € si el gasto es en el extranjero.
  • Ley de Protección de Datos:
    La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, entrará en vigor el 25 de mayo de 2018, los cambios más destacados son:
    • Desaparece el consentimiento tácito: obligatorio hacer una afirmativa expresa por parte de la persona. Ahora, los datos pueden ser usados, excepto si se manifiesta una negativa de forma expresa.
    • Se permitirá que los herederos accedan a los datos de las personas fallecidas: para su supresión o rectificación.
    • Se reduce la edad para el consentimiento: hasta los 13 años de tratamiento de datos personales.
    • En inexactitud de los datos personales de forma directa: se excluye la imputabilidad del responsable de su tratamiento si éste ha adoptado todas las medidas necesarias.
    • Se regulan las situaciones en las que existe un interés público, como los sistemas de vídeo-vigilancia o listas Robinson.
    • Aparece el delegado de protección de datos: el delegado podrá ser una persona física o jurídica, mantendrá relación directa con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en nombre de la empresa y custodiará los datos de los clientes. En determinadas ocasiones será fundamental la existencia del delegado, así como probar que éste ha adoptado todas las medidas necesarias conforme a la nueva normativa.
    • AEPD se constituye como una autoridad independiente: vinculada al Gobierno a través del Ministerio de Justicia.
    • Sanciones muy elevadas para aquellas que la incumplan: multas de hasta el 4% sobre el volumen de facturación anual, con tope de 20 millones de euros. Por lo que, la multa podrá ascender hasta 20 millones de euros. Las empresas que no se adapten se arriesgan a multas millonarias, incluso el cierre.
  • Ley de Contratos del Sector Público:
    La Ley de Contratos del sector público, entrará en vigor el 9 de marzo de 2018. Las novedades para las empresas que trabajan habitualmente con la Administración son:
    • Suprime la posibilidad de contratación sin publicidad.
    • Introduce la obligación de facturar de forma electrónica y la posibilidad de pago directo de la Administración a los subcontratistas.
    • Limita a 60 días el plazo para el pago de facturas, eliminando la cláusula del pacto entre las partes en los plazos de pago.
    • Las pymes podrán acudir a instancias públicas cuando sufren retrasos en los cobros de sus facturas y será más fácil acceder a los concursos de las Administraciones porque disminuye el volumen de papeleo.
    • La Administración tendrá que demostrar que puede prestar un servicio con mejores condiciones que un capital privado.
    • Conflicto entre la empresa (que se adjudicó el proyecto) y la Administración, la empresa podrá presentar un recurso especial al Estado para que lo resuelva. Garantizando la posibilidad de rescindir contratos por el impago de salario a trabajadores.
    • Prohibición de las indemnizaciones por expectativas de mercado no cumplidas.
    • Se creará una Oficina Independiente que se encargará de supervisar los contratos y garantizar la libre concurrencia.
  • Reforma laboral que afectaría a los nuevos contratos:
    En el 2018 quieren modificar las modalidades de contratos actuales, pero siguen siendo negociadas porque no hay apoyos necesarios.
    • Contrato temporal con indemnización creciente: permitiría elevar la indemnización gradualmente hasta equipararla al indefinido. Los trabajadores incrementarían su derecho a indemnización de forma que, al finalizar el periodo máximo de contratación, fuese de 20 días por año trabajado.
    • Contrato indefinido: incentivos para las empresas que opten por la contratación indefinida o transformación de contrato de formación en indefinidos y penalizaciones para quien abusen del contrato temporal.
    • Contrato de formación y aprendizaje: más flexibilización y un complemento salarial de 430 euros para los jóvenes de Garantía Juvenil que sean contratados mediante esta modalidad.
  • Ley Hipotecaria:
    La nueva Ley Hipotecaria se espera para el primer semestre de 2018. Que pretende reforzar la transparencia de los contratos hipotecarios, reducir las comisiones que pagan los clientes y transponer la directiva europea en materia hipotecaria a nuestro ordenamiento.
  • Ley de Procedimiento Administrativo Común:
    Según la Disposición final séptima, La Ley de Procedimiento Administrativo Común, “las previsiones relativas al registro electrónico, registro electrónico de apoderamientos, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la administración y archivo único electrónico producirán efectos a los dos años de la entrada en vigor de la Ley”. Pero tendremos que esperar y ver cómo asume estos cambios la Administración.
  • Normativa de la ITV:
    Los cambios introducidos en la normativa de la ITV entrarán en vigor el 20 de mayo de 2018. La Ley introduce nuevas exigencias para los propietarios de los vehículos para detectar posibles fraudes y manipulaciones, y controles para las emisiones contaminantes. También se reconocerá el certificado emitido por otro país de la UE en los cambios de titularidad de vehículos.