CANTIDAD QUE SE PUEDE PAGAR EN EFECTIVO por Vera Asesores


Publicado el 12 noviembre, 2019 a las 12:08 pm



El concepto de pago en efectivo es el pago en moneda, pago en metálico, papel moneda, moneda metálica (nacionales o extranjeros), cheques bancarios al portador y cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos como medio de pago al portador.
LÍMITES DE PAGO EN EFECTIVO
El pago en efectivo por cada operación en que alguna de las partes sea la empresa o autónomo profesional se limita a 2.500,00 euros desde 2012. Esta limitación no es aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito. Además, en caso de efectuar el pago como persona física sin domicilio fiscal en España y sin ser empresa o profesional la cifra sube hasta los 15.000,00 euros.
SANCIONES POR INCUMPLIMENTO DEL LÍMITE
Un cliente que quiere extralimitarse en el pago en efectivo, lo correcto es desestimar el pago pues ante esta infracción grave Agencia Tributaria.
Sujetos infractores: personas o entidades que paguen como las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación indicada. Tanto el pagador como el receptor responderán de forma solidaria de la infracción que se cometa y de la sanción que se imponga. Hacienda podrá dirigirse indistintamente contra cualquiera de ellos o contra ambos.
Cometer esta infracción grave está sancionado con una multa proporcional del 25% de la base de la sanción, entendiéndose por base de sanción a cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 2.500,00 euros.
Sanción solidaria: responde sobre ella tanto el pagador como el receptor del dinero y la Agencia Tributaria podrá exigírsela tanto a uno como el otro.
Además, en el caso de pagar o cobrar una operación de forma fraccionada, se sumarán todos los pagos para determinar si superan los 2.500,00 euros y en caso de superarse, se aplicará de igual forma la sanción.
La infracción prescribe a los 5 años desde el día en que se haya cometido.
DENUNCIAS DE PAGO EN EFECTIVO
Es obligatorio denunciar este tipo de infracción grave tanto si eres pagador como cobrador, la Agencia Tributaria tiene habilitado en su página web la sección “Denuncia de pagos en efectivo” a través de la cual la persona que denuncia queda libre de represalias por parte de la Agencia Tributaria. Sin embargo, Hacienda clarifica que la presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos.